Aquí podrás encontrar una serie de documentos, leyes, ordenanzas y otros de utilidad para comprender el quehacer municipal y su alcance dentro del territorio o sobre alguna materia de interés. Cuentas Públicas de años anteriores, nuestros Pladeco y Pladetur, el Plan Regulador Municipal o el Plan Municipal de Cultura también están acá. Si existe algún documento que no encuentres y que crees debería estar aquí, escríbenos a oirs@penco.cl.

Todo lo relacionado con el funcionamiento, normativas y facultades de las municipalidades se encuentra contenido en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional sobre Municipalidades.
Su apellido «Orgánica Constitucional» dice relación con una categoría especial que la Constitución Política de la República le da a 18 leyes que regulan materias sensibles de interés nacional. Estas leyes, para ser aprobadas, modificadas o derogadas necesitan de la aprobación de los 4/7 (57%) de los diputados y senadores en ejercicio.

Las ordenanzas son resoluciones, dentro del marco normativo regulatorio, que dicta el Alcalde con acuerdo del Concejo Municipal, y se caracterizan por ser normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad y validas solamente dentro del territorio de la comuna.
El artículo 12 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone que “las resoluciones que adopten las municipalidades se denominarán ordenanzas, reglamentos municipales, decretos alcaldicios o instrucciones. Las ordenanzas serán normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad. En ellas podrán establecerse multas para los infractores, cuyo monto no excederá de cinco unidades tributarias mensuales, las que serán aplicadas por los juzgados de policía local correspondientes”.

El artículo 67 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, obliga a los alcaldes a rendir una detallada cuenta de la gestión municipal al Concejo y a los principales actores de la sociedad civil.
Las cuentas públicas fomentan la transparencia de la gestión de los servicios públicos, permitiendo a las personas conocer y consultar sobre la ejecución presupuestaria, políticas, planes y programas de los servicios del Estado.
Este mecanismo facilita el control ciudadano sobre las instituciones públicas, de modo que las personas tengan la opción de fiscalizar el quehacer de los ministerios y servicios públicos anualmente.
Descarga a continuación las Cuentas Públicas disponibles.

El Plan Regulador Comunal es un instrumento de planificación que orienta, fomenta y regula el desarrollo urbanístico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados y sus sistemas de espacios públicos.
Las disposiciones del Plan Regulador son elaboradas por el municipio y se refieren a la estructuración del sistema de centros poblados de la comuna; al límite urbano de los mismos; la infraestructura, la vialidad, sistema de aguas lluvias y cauces naturales, áreas verdes y equipamiento de nivel comunal; la zonificación y el establecimiento de condiciones para la ocupación del territorio comunal; los usos del suelo, constructibilidad, densidades, condiciones de subdivisión y demás normas urbanísticas aplicables a las zonas o subzonas de la comuna; las condiciones para los Proyectos Urbanos Condicionados; y los accesos a los bienes nacionales de uso público.
Los Planes Reguladores Comunales son aprobados por el Concejo Municipal, previo informe del Asesor Urbanista de la Municipalidad y el conocimiento de los vecinos de la comuna. El Proyecto de Plan aprobado deberá ser revisado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo que debe informar si se ajusta al Plan Regional Urbano-Territorial, para la aprobación definitiva por el Concejo Municipal y dictar el decreto alcaldicio. Un Plan Regulador deberá ser evaluado al menos cada 5 años y actualizado si es necesario.

PLADECO
El Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO) es un instrumento de carácter indicativo y técnico, que apoya y orienta la gestión de las autoridades comunales y otros sectores del ámbito público y privado. Está formulado sobre la base de diagnósticos con diversos sectores de relevancia y, en este sentido, representa una suma de energías orientadas a impulsar el desarrollo territorial. En cuanto a la planificación, representa una base operacional o marco conceptual que recoge y ordena las principales propuestas, con el fin último de entregar directrices para la toma de decisiones.

PLADETUR
El Plan de Desarrollo Turístico (PLADETUR) es un estudio acabado de las debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades al desarrollo de la comuna en el turismo; es una herramienta valiosa para planificar las futuras inversiones principalmente en infraestructura con el objetivo de convertir a la comuna en un destino más amigable para el visitante. La importancia de un PLADETUR radica por ser uno de los instrumentos de planificación turística que complementa al PLADECO en su rol de conductor de desarrollo local, permitiendo priorizar y focalizar los esfuerzos dentro del territorio en un tiempo y espacio determinado, para solucionar los problemas que entorpecen un desarrollo armónico y sustentable en el tiempo.
Actualmente, el Municipio de penco se encuentra desarrollando su Plan de Desarrollo Turístico.

El Plan Municipal de Cultura de Penco2018-2024, PMC en adelante, es el resultado final de la planificación estratégica cultural que guiará a la comuna de Penco por un período de siete años.
La elaboración del presente documento fue originado a partir de la postulación al Fondo Nacional de Desarrollo Regional FNDR Cultura.
La siguiente carta de navegación tiene por objetivo dotar al municipio de Penco de una herramienta, que permita llevar adelante el desarrollo cultural de la comuna de manera ordenada y planificada en función de la realidad local y sus necesidades.
Durante la elaboración del PMC se identificó́ y consensuó información desde la ciudadanía, actores relevantes e institucionalidad local.
El Plan Municipal de Cultura será el instrumento que permitirá crear acciones alineadas a las necesidades y sueños de las personas. Este plan ha sido aprobado por la comunidad pencona ligada a las artes, las culturas, la educación, las ciencias y la dirigencia social, quienes fueron participantes activos del proceso de elaboración y validación del actual PMC a través de la Convención Comunal de Cultura, el que posteriormente ha de ser incorporado a la actualización del PLADECO 2018-2024.